En el mundo de los impuestos, una "deuda perdonada" ocurre cuando el SAT decide que ya no tienes que pagar un crédito fiscal (impuestos omitidos, multas o recargos) que tenías pendiente. Sin embargo, no es un proceso automático ni al azar; existen dos figuras principales:
1. La Condonación de Multas
Es lo más parecido a un "perdón". Ocurre cuando el SAT te perdona una parte o el total de las multas por no haber cumplido a tiempo, siempre y cuando pagues el impuesto original (la "suerte principal").
¿Cuándo sucede? Generalmente a través de programas de amnistía fiscal o cuando el contribuyente demuestra que ha cumplido voluntariamente antes de ser notificado.
El beneficio: Te ayuda a regularizarte pagando mucho menos de lo que debías originalmente por concepto de sanciones.
2. La Cancelación por Incosteabilidad o Insolvencia
Aquí no es que el SAT te "perdone" por buena gente, sino que decide dejar de cobrar porque:
Incosteabilidad: Le sale más caro al SAT el proceso de cobro (abogados, trámites, personal) que lo que tú debes.
Insolvencia: El SAT ya investigó y comprobó que no tienes bienes, cuentas bancarias ni forma de pagar la deuda.
👩🏻💻 Ojo: La cancelación por insolvencia no elimina la deuda. Solo la pone "en pausa". Si en el futuro el SAT detecta que vuelves a tener dinero o bienes, puede reactivar el cobro de inmediato.
¿Cómo me entero si tengo una deuda perdonada?
El SAT tiene la obligación de notificarte. Generalmente, esto sucede a través de:
Buzón Tributario: Recibirás un mensaje oficial con la resolución donde se detalla qué crédito fiscal fue condonado o cancelado.
Resolución Miscelánea Fiscal: A veces se publican decretos donde se perdonan multas de forma general a ciertos sectores de la población.
El efecto secundario: ¿Tengo que pagar impuestos por el perdón?
Este es el punto más irónico de la ley. Según el Código Fiscal:
Si una empresa o un banco te perdona una deuda, ese monto que ya no pagaste se considera un ingreso para ti (porque tu patrimonio "aumentó" al ya no deber ese dinero).
Por lo tanto, en algunos casos, el monto de la deuda perdonada debe incluirse en tu declaración anual de abril 2026 como un ingreso gravable.
¿Cómo te ayuda TaxDown con tus deudas fiscales?
Tener una deuda con el SAT es estresante. En TaxDown te ayudamos a navegar estas aguas:
Consulta de Créditos Fiscales: Revisamos si tienes deudas pendientes que no conocías y que podrían estar generando recargos.
Solicitud de Condonación: Si tienes multas, te ayudamos a tramitar la condonación (que a veces puede ser de hasta el 100%) para que solo pagues lo justo.
Opinión de Cumplimiento: Monitoreamos que, tras un perdón o pago, tu Opinión de Cumplimiento pase a "Positiva", permitiéndote trabajar y facturar sin bloqueos.
¿Sabías que si tienes multas por declaraciones no presentadas podrías solicitar una reducción de las mismas? ¿Te gustaría que revisáramos si tienes algún crédito fiscal pendiente o si eres candidato a un programa de condonación este año?